En uno de los escritos anteriores en este mismo blog sobre los recursos educativos abiertos (rea) en español u open education resources (oer) en ingles se menciona que uno de los retos a los que nos enfrentamos al optar por liberar contenido, es el de llegar a determinar como mantener los derechos de autor sobre ese contenido, muchas cosas se han hablado al respecto, entre ello sobre las licencias Creative Commons.
Ahora bien, que permiten las licencias Creative Commons…? según la Dra. Raquel Xalander Plantada, las CC facilitan que el autor autorice el uso y la explotación de las obras publicadas en internet, permitiendo a los autores contar con un modelo de licencia estandarizada que, en lugar de prohibir el uso, lo autorice bajo algunas condiciones.
Creative Commons actua como mediador entre el autor y el usuario, poniendo a su disposicion un sistema de licencias para que se pongan de acuerdo.
Ante lo mencionado por Xalander, y con lo que he revisado, al usar las CC no significa que se pierda los derechos reservados sobre las obras o contenidos, sino que las ponemos a disposicion de todos bajo ciertas condiciones de uso, así cuando un usuario x decide utilizar una obra bajo una licencia CC, éste se compromete a aceptar y respetar las condiciones de la licencia establecida por el autor.
Xalander menciona que todas la licencias se expresan en tres niveles de lectura:
- Commons Deed: primer nivel de lectura (humana), con íconos relevantes que facilitan su identificación, bastante atractivo, describe los usos autorizados por el autor.
- Legal Code: segundo nivel de lectura (jurídica) que no deja de ser humana, licencia redactada por un abogado o profesional de la propiedad intelectual
- Digital Code: tercer nivel de lectura (tecnológica), solo comprensible por las máquinas, y muy especialmente por los motores de busqueda que pueden identificar las obras licenciadas bajo una CC
Además indica que las cláusulas de las licencias vienen prefijadas y por defecto autorizan la reproducción, distribución, transformación y comunicación pública de la obra, para cualquier finalidad y para todas las modalidades de explotación, con carácter gratuito y por todo el plazo de protección. Ante ello el autor tiene la potestad de determinar cuál es el alcance de la autorización.
Existen 4 condiciones que permiten determinar 6 tipos de licencias CC a escoger.
Las condiciones son:
Reconocimiento (Attribution): El material creado por un autor puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceras personas si se muestra en los créditos.
No Comercial (Non commercial): El material original y los trabajos derivados pueden ser distribuidos, copiados y exhibidos mientras su uso no sea comercial.
Sin Obra Derivada (No Derivate Works): El material creado por un autor puede ser distribuido, copiado y exhibido pero no se puede utilizar para crear un trabajo derivado del original.
Compartir Igual (Share alike): El material creado por un artista puede ser modificado y distribuido pero bajo la misma licencia que el material original.
Al hacer una combinación de las condiciones, las seis licencias que se pueden escoger son:
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Reconocimiento: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. |
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Reconocimiento – Sin obra derivada: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se pueden realizar obras derivadas. |
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Reconocimiento – Sin obra derivada – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. No se pueden realizar obras derivadas. |
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Reconocimiento – No comercial: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial. |
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Reconocimiento – No comercial – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. No se puede obtener ningún beneficio comercial y las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. |
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Reconocimiento – Compartir igual: El material creado por un artista puede ser distribuido, copiado y exhibido por terceros si se muestra en los créditos. Las obras derivadas tienen que estar bajo los mismos términos de licencia que el trabajo original. |
fuente: http://es.creativecommons.org/licencia/
Como podemos observar mientras más iconos, menos usos estan permitidos.
En nuestro caso cambiaríamos el logo de euro por el de dólar.
En caso de violación de las licencias aplicadas en el material, existen bases legales que permiten defender esos derechos. En Ecuador el proceso de legislación esta determinandose y la Univeridad Técnica Particular de Loja (UTPL) forma parte activa de esta iniciativa la misma que permitirá liberar sus contenidos. Tanto así que la escuela de Ciencias de la Computación es la primera en iniciarse. Felicitaciones Nelson.